miércoles, 24 de octubre de 2012

Derechos de la infancia

Internet nos propone acelerar los tiempos, pero también desarrollar habilidades de espera para su uso. Pero lo que no pueden esperar son los cuidados que deben tener los usuarios, especialmente cuando se trata de la  protección de la infancia:
*¿Cómo se enfrentan los riesgos de una utilización ilícita y delictiva de Internet?
*¿Qué ocurre con el incremento de la brecha digital entre niños de los países del norte y del sur, entre ciudades y áreas rurales, entre niños y niñas?

Internet, además de un riesgo, es también una oportunidad para el desarrollo económico y social, para la educación, para el intercambio de información y de experiencia. Internet permite comunicarse con personas de cualquier parte del mundo en cualquier momento. Si bien cada país tiene su idioma oficial, en la mayoría de los países se utiliza el inglés como lengua universal de la comunicación.

Internet es un instrumento fundamental para la defensa de los DDHH y de la convención sobre los Derechos del Niño. En esta última instancia inspira el decálogo de e-derechos.
UNICEF se compromete a compartir esta propuesta de decálogo con grupos de niños, niñas y jóvenes, con otras organizaciones de la infancia, autoridades y empresas del sector Internet para iniciar un proceso participativo que permita acordar una redacción definitiva. También, se compromete a divulgar los resultados de este proceso a través de sus portales dirigidos a jóvenes y adultos.

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Decálogo de los e-derechos de los niños y niñas

  1. Derecho al acceso a la información y la tecnología sin discriminación.
  2. Derecho a la libre expresión y asociación. A buscar, recibir y difundir informaciones e ideas de todo tipo por medio de la red.
  3. Derecho de los niños y niñas a ser consultados y a dar su opinión cuando se apliquen leyes o normas a Internet que les afecten, como restricciones de contenido.
  4. Derecho a la protección contra la explotación, el comercio ilegal, los abusos y la violencia de todo tipo que se produzca utilizando Internet.
  5. Derecho al desarrollo personal  y a la educación, y a todas las oportunidades que las nuevas tecnologías, como Internet, puedan aportar para mejorar su información.
  6. Derecho en la intimidad de las comunicaciones por medios electrónicos.
  7. Derecho al esparcimiento, al ocio, a la diversión y al juego, también mediante Internet y otras nuevas tecnologías.
  8. Los padres y madres tendrán el derecho y responsabilidad de orientar, educar y acordar con sus hijos e hijas un uso responsable de Internet. 
  9. Los gobiernos de los países desarrollados deben comprometerse a cooperar con otros países para facilitar el acceso de éstos y sus ciudadanos y, en especial, de los niños y niñas a Internet.
  10. Derecho a beneficiarse y a utilizar en su favor las nuevas tecnologías para avanzar hacia un mundo más saludable, más pacífico, más solidario, más justo y más respetuoso con el medio ambiente, en el que se respeten los derechos de todos los niños y niñas.